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Los delitos informáticos ya serán penados en México

En México, el pasado 28 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó modificaciones legales para identificar los tipos de delitos informáticos, con lo que se...

Leyes para delitos informáticos en México

En México, el pasado 28 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó modificaciones legales para identificar los tipos de delitos informáticos, con lo que se pretende condenar a aquellos que hagan mal uso de la tecnología.

Los posibles delitos que podrían entrar pronto en vigor, van desde el cyberbullying, hasta el hacking y cracking,  ya que si un individuo acceda a un sistema ajeno, aunque no haga daños ni modificaciones, sino que sea una simple practica educativa, será considerado como delito en la reforma al articulo 211 que se explica a continuación:

Tipos de delitos informáticos

  • Revelación de ‘secretos’: A quien revele, divulgue o utilice indebidamente o en prejuicio de otro, información, conversaciones o mensajes de texto, imágenes o archivos de voz, contenidos en sistemas o equipos informáticos (dispositivos móviles o equipos de computo).
  • Cracking: Acceso ilícito a sistemas y equipos de informática con pena entre 3 y 12 meses de prisión a quien “sin autorización acceda, modifique, destruya o provoque perdida de información contenida en sistemas o equipos de informática”. La pena podría incrementarse en 2/3 partes, en caso que la penetración impida el uso o acceso del sistema afectado.
  • Hacking: Penetración sin daños con pena de 12 meses de prisión y de 100 a 150 días de multa a quien sin autorización conozca o copie información contenida en sistemas o equipos de informática no protegidos por algún mecanismo de seguridad. Este punto queda un tanto confuso, ya que especifica ‘equipos no protegidos’, por lo que habríamos de pensar que burlar firewalls para tener acceso en modo lectura no esta predefinido como delito, ¿o sí?
  • Cyberbullying (Amenazas e intimidación a travez de sistemas digitales): Uso de imágenes de otros como forma de chantaje, al que “amenace a otro (…), haciendo uso o empleo de comunicados o mensajes enviados a través de medios o sistemas informáticos o le amenace con divulgar la información, datos o imágenes obtenidas a través del acceso ilícito a dichos medios o sistemas informáticos.

Entre las modificaciones se tipifica el acto de contactar victimas por internet para generar relación de confianza o amistad. Una de las dudas que quedan es si accesar a equipos módem para robarse el internet quedara clasificado como delito.

Fuente: Gaceta Parlamentaria.

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