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Para facilitarte la transición a las facturas electrónicas. Parte 2.

Como seguramente ya lo has oído, las facturas como las conocíamos dejarán de ser lo que eran desde el año entrante. A partir del primero...

Como seguramente ya lo has oído, las facturas como las conocíamos dejarán de ser lo que eran desde el año entrante. A partir del primero de enero de 2011, la facturación electrónica entrará en vigor y será obligatoria, aunque no para todos al inicio. En un afán por ayudarte a entender más al respecto, hemos elaborado esta pequeña guía.

Ahora toca el turno de que sepas qué necesitas y qué tienes que hacer para poder utilizar la facturación electrónica.

Lo primero que tienes que hacer es obtener tu Firma Electrónica Avanzada (FIEL) en la página del SAT.

La Firma Electrónica es un “conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste, tal y como si se tratara de una firma autógrafa”, según el SAT. “Por sus características, la Fiel brinda seguridad a las transacciones electrónicas de los contribuyentes, con su uso se puede identificar al autor del mensaje y verificar no haya sido modificado”.

Después, se debe de obtener un certificado de sello digital. Para saber cómo hacerlo, visita esta liga.

Una vez obtenido el sello digital, en cada transacción se debe generar un archivo digital XML. Para hacer esto hay dos opciones. Una es hacerlo a través de un servicio Web, la otra, es adquirir software para este fin.

Al optar por un servicio Web, debes considerar que:

  • La información reside fuera de la empresa.
  • Las llaves y certificados se guardan en la Web.
  • Pagos de renta mensual.
  • Límite de facturas emitidas.
  • Se puede facturar desde donde se tenga acceso a una página Web.

Si por otro lado prefieres comprar el software:

  • La información comercial no sale de la empresa.
  • Administración propia de llaves y certificados.
  • Un pago por la adquisición del programa.
  • Emisión ilimitada de facturas.
  • Se genera la factura en la computadora donde está instalado el software.

Finalmente, sólo falta asignar un folio, un segundo sello digital y enviar la factura al cliente. El segundo sello digital se pide a un proveedor autorizado por el SAT, en el siguiente link puedes ver la lista de emisores autorizados.

Con esa validación, los datos de la transacción los tendrá también hacienda y es ahí donde se elimina el reporte mensual de los ingresos.

Lo que hay que resaltar es que la factura electrónica es más segura ya que requiere de dos sellos digitales, aunado al hecho de que pone a disposición de las partes un comprobante válido y de fácil acceso.

También se reduce los procesos de corroboración por algún error en las facturas ya que éstas se procesan de manera más exacta y con un margen de error menor.

Como ya se mencionó en el artículo pasado, la factura de papel no se elimina, pero se le agregan elementos de seguridad más completos. Esta se conserva para contribuyentes que tengan ingresos menores o iguales a 4 millones de pesos.

La diferencia es que ya no se requiere un impresor autorizado, sino que el contribuyente puede requerir los folios y el SAT le responderá mandándole esa información previa corroboración de la FIEL.

Adicionalmente, una vez autorizado, el contribuyente recibirá un Código de Barras Bidimensional (CBB) que será impreso en el papel. Este código lo genera el SAT y es un elemento de seguridad que contiene el nombre y RFC de quien emite la factura, además de la autorización y el rango de números autorizados.

Con esto, la persona que adquiera un bien o servicio podrá verificar la información de quien emite esa venta en la página del SAT.

Es importante mencionar que los comprobantes de papel impresos hasta el 31 de diciembre de 2010 tendrán una vigencia de dos años a partir de la fecha de impresión.

Así, las personas que tengan impresas sus facturas podrán seguir empleándolas, dándole tiempo de evaluar cómo migrarán al sistema de facturación electrónica, o en su caso, de facturas impresas con CBB.

Aquellos contribuyentes con ingresos menores a 4 millones de pesos que opten por el sistema de papel, podrán emitir facturas de cualquier valor.

Lo que garantiza es una certidumbre respecto a la identidad de la persona del emisor gracias a la FIEL. Asimismo, otra ventaja que ofrece es la integridad de la información ya que esta está encriptada en el sistema electrónico y por lo tanto es difícil de falsificar.

La firma electrónica que está vinculada con cada transacción provee medidas adicionales de seguridad que permiten identificar información exacta de cada transacción que se haga.

Esperamos que esta información resulte de utilidad y que facilite el proceso de transición al nuevo esquema de facturación.

Agradecemos el apoyo del Licenciado en Contaduría Pública Donaldo Luis Zapata Sosa para la elaboración de este artículo.

Fuente: Contador MX

Imagen: SAT

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