La privacidad es un derecho fundamental y la Suprema Corte de Justicia decidió tomar cartas en el asunto para protegerla.

Es decir, ni parejas, ni familiares podrán revisar el celular, correo electrónico o cualquier tipo de comunicación privada, porque está estrictamente prohibido sin previa autorización de acuerdo con Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La determinación fue resumida y publicada en la cuenta verificada de Twitter de la SCJN.

El fallo emitido se dio a partir del análisis de un caso en el que un hombre imprimió 343 correos electrónicos de su esposa, pruebas que utilizó para demostrar ante un juez el adulterio de su cónyuge y de esa manera obtener el divorcio y la custodia de sus hijos.

Las redes sociales y la agonía del amor

El caso inició en 2007 y, hasta 2019, Zaldívar explicó en una ponencia lo siguiente:

«En definitiva, todas las formas existentes de comunicación y aquellas que sean fruto de la evolución tecnológica, deben quedar protegidas por el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas«.

De igual modo, la SCJ advirtió que estará prohibido grabar, almacenar, leer o registrar una comunicación ajena.

¿Tu pareja ha revisado el celular? Enséñale esto y cuida de tu privacidad.